martes, 22 de noviembre de 2016

Derechos Humanos

  1. Investiguemos el contenido de la reforma constitucional de 2011 (artículo 1º, específicamente primer y quinto párrafo) y el artículo 16 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece. 
(Reformado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2011) 
Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. 
(Reformado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2011)
Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2.     Interpretemos, tratando de comprender, el alcance del derecho humano a no ser discriminado reconocido por nuestra Constitución y los tratados internacionales.

3.     Posteriormente, redactemos un artículo en nuestro blog expresando una postura personal en torno a la siguientes preguntas:
¿A qué conclusión llegamos respecto a la discriminación?
No debería de existir, somos seres humanos, independientemente de religión, estado civil o preferencia sexual, hombres y mujeres tienen los mismos derechos ante la ley en todos los sentidos.

¿Todos tenemos derecho a fundar una familia?

Si, la ley nos lo permite a determinada edad.

Derecho Familiar

 En nuestra opinión, ¿a qué rama pertenece el derecho familiar: al derecho público, privado o social? No puede ser al sector privado ya que en muchas circunstancias, como lo es el caso del matrimonio lo regula el estado, si hay hijos, también interviene, tanto como público no puede ser, ya que de una manera no se exponen como figuras públicas y para conocimiento a la sociedad, por lo tanto perteneces al derecho social.
  • ¿Qué quiere decir que el derecho familiar sea interés social y orden público?
  • Hay normas y reglas que deben ser respetadas, es un contrato (matrimonio) donde se habla de sustento, de derecho a alimentos, en caso de haber un incumplimiento interviene el estado.
  • ¿Qué es el bienestar social? Es el conjunto de factores que una persona necesita para gozar de buena calidad de vida.
  • ¿Qué características tiene el derecho familiar? Una la conservación de la especie, protección a menores y es un conjunto de normas que regula la relación entre la pareja, ya sea en matrimonio o concubinato.
  • ¿Cuantos “códigos familiares” tenemos hoy en nuestro país? 6
  • En el código civil de la entidad federativa en la que residimos, ¿en qué artículo se establecen las fuentes generadoras de las relaciones familiares y cuáles son éstas?
  • Conjunto de relaciones jurídicas mediante el matrimonio para procreación así como un hecho civil que es la adopción.  Se encuentran concentrados en los artículos 162 al 177.

miércoles, 9 de noviembre de 2016

La familia

La familia es un concepto abstracto en este siglo, se han perdido muchas cosas como valores, principios, responsabilidad entre otras más. Ya no son convencionales como la de los años 40, 50 o algo cercano que hayamos conocido.

La familia que tuvieron nuestros abuelos o bisabuelos es completamente distinta a la actual, en cuestión de reformas encontramos las siguientes:
La asamblea legislativa reformó los artículos 266, 267, 271, 277, 280, 282, 283, 283 bis. Del código de procedimientos civiles modificó los artículos 255 fracción X, 260 fracciones VII y VIII, 272 A y 272 B.

Ya podemos encontrar el matrimonio entre personas del mismo sexo, la posibilidad de adopción, cambio de nombre al definir sexo, personas transexuales, sean hombres o mujeres sin necesidad de un juicio, ya hay muchas mujeres transexuales, tienen una vida de mujer convencional, no solo es la imagen sino el pensamiento, buscan tener una familia, una pareja, hijos y poder desarrollarse en la actividad que les guste.

Al referirme con irresponsabilidad, la mujer ya es jefa de familia y deja al cuidado de los hijos a los padres de ella, los abuelos cumplen la función de padres, solo que con menos energía que antes pero haciendo lo posible para que esa responsabilidad no afecte sus actividades.

Hay cambios en la sociedad y parte desde la persona, desde el individuo, sin embargo no dejan de tener derechos y obligaciones.

Diana Sánchez Barrios Mujer transexual la cual está generando cambios en la política de la ciudad, tiene una familia, esposo e hija, impulsa reformas proyectos de vida y se dedica al hogar como cualquier mujer.

Leonardo Tellez, hombre transexual trabaja como guardia de seguridad, tiene a su pareja y vive, se ve y actua como cualquier persona del sexo masculino.




Nasciturus


Nasciturus

[DCiv] El concebido pero no nacido. El ordenamiento otorga especial protección al nasciturus, simulando que ha nacido para todos los efectos que le sean favorables. Así, cuando una persona al tiempo de su muerte tiene un hijo concebido pero no nacido, se le considerará heredero si llega a nacer y reúne los requisitos del art. 30 CC.
CC, art. 29; Ley 35/1988, de 11 de noviembre, sobre tónicas de reproducción asistida.

Término latino traducible por «el que nacerá», se conoce también como el concebido y sirve para referirse a la persona por nacer. Esta, aunque sólo es titular de derechos y obligaciones a partir del nacimiento, se considera como nacido para todos los efectos que le sean favorables y siempre que llegue a cumplir los requisitos legales exigidos para el nacimiento de las personas. Entre las previsiones legales relativas al nasciturus, cabe señalar la capacidad de suceder al padre el hijo póstumo; la de aceptar donaciones el concebido y no nacido, actuando en su nombre e interés las personas que legítimamente los representarían.

Código civil, artículos 29, 627 y 758. 
Voz lat. El que ha de nacer; el concebido y no nacido.

¿Hay alguna razón práctica para considerar persona al no nacido? Razones hay muchas sobre todo lo que menciona la Constitución Política de México: tenemos derecho a la vida, aún sin haber nacido tenemos esa oportunidad para obtener obligaciones, un nombre una familia y lo que el país nos ofrezca después.

Hay cambios pero, el aborto está prohibido en varias partes de la República Mexicana, se les quita ese derecho, esto debido a los derechos de la mujer, que algunas y con todo respeto, lo utilizan como anticonceptivo. Es por historia que se tenga que esperar al nacimiento para tomar un lugar en la sociedad, se cuida y se protegió a los hijos o hijas de los reyes y emperadores.

¿Por qué se condiciona que nazca vivo y viable?
En el artículo 22 de la Ciudad de México dispone que la capacidad jurídica se adquiere por nacimiento y se pierde por muerte y hasta que es concebido es cuando entra bajo la protección de la ley, hay dos tipos de nacimiento, la biológica y la legal, en la segunda se pide que permanezca vivo por lo menos 24 horas y posteriormente sea registrado. 






miércoles, 13 de abril de 2016

¿Lado oscuro del Universo o carencia de luz?

La creación del universo, un tema que puede ser demasiado amplio, se han dado cálculos para intentar saber cómo surge, no hay respuestas exactas, concisas; investigadores han hecho lo posible para dar a entender a las personas la existencia de sistemas solares, nebulosas, distancias y demás para entender lo que sucede en el exterior de este planeta.

Siempre hay dos caras en las monedas, dos formas de actuar, de la misma forma el universo tiene cuerpos celestes que iluminan a otros y los que absorben luz, los que la devoran y la consumen y de la misma forma el ser humano lo asimila como día y noche ¿tienes miedo a la oscuridad?

Sergio Régules nos platica sus teorías con ejemplos simples para que puedan ser entendibles, utiliza un comparativo de lo que vivimos, de lo que hemos visto con sucesos del cosmos y de lo que en muchas cosas es inimaginable para muchos ¿sabes por qué es la oscuridad?

Podríamos encontrar en los cuerpos celestes y en la rotación de la tierra la respuesta; el sol es un astro que genera luz la proyecta e este sistema solar, ilumina a los astros pero por el movimiento que tiene la tierra (rotación) gira sobre su eje y siempre la mitad estará iluminada y la otra oscura.
 Fotografía de la NASA

En el universo ocurre de una forma parecida, el astrónomo estadounidense Edwin Hubble calculó en 1929 lo que hoy conocemos como galaxias; un telescopio el más grande del planeta lleva su nombre para poder observar el universo y lo que pasa en él.
La NASA han mandado equipos, naves, al espacio y recorrerlos y recibir imágenes de lo que sucede en Marte, Júpiter y otro tipo de zondas que están recorriendo el universo “intentando” dar respuestas de su creación con la teoría del Big Bang, que trata de una explosión cósmica generando de la nada toda la materia, por otra parte el científico alemán Albert Einstein publicó la teoría general de la relatividad, que es la que usan los cosmólogos para describir la forma global del Universo.

Podemos hablar y escribir de fenómenos cósmicos, relatar lo que a simple vista aparece, como la caída de meteoritos en Rusia últimamente; de igual manera del que calló en Yucatán poniendo fin a la existencia de los dinosaurios.
Los científicos están al pendiente de lo que sucede “afuera” esperando el Big Rip (la gran muerte) la desaparición del mismo universo (lo dudo mucho) o quien sabe cuántos millones de años transcurran para que eso pudiera suceder, al sol le quedan como 5 000 000 de años para que deje de producir energía; por cierto hace un calor nefasto en estos días y por más que busque uno sombra no la encuentra, en cambio en el universo se encuentra la zona fantasma, donde no absorbe la luz, esta energía es la que provocaría el fin de todo, es difícil predecirlo.

Esto no es nuevo, en el comic de Superman y en algunas películas plasman esa zona, es como un limbo, una habitación oscura, un lugar donde no se filtra el sonido, luz o cualquier tipo de energía positiva, es como estar en la cara oculta de la luna.
Para finalizar, solo nos queda seguir viendo el cielo, ver caer estrellas en una lluvia temporal, escuchar el estruendo de los meteoros, regalarle la luna a la novia, llevarla a otros planetas y dejemos que los expertos, los científicos se encarguen de observar que la luz siga prevaleciendo y estando en donde debe de estar.

¿Por qué has elegido ese tema? Son pocas las personas que se interesan de donde venimos, el porque estamos, hay ciencia, tecnología y cosas más antiguas que el mismo ser humano. Es algo de mucho debate y no hay algo concreto, solo estadísticas, teorías y suposiciones, pocos vemos la belleza del universo.
¿De dónde partiste para empezar a escribir? desde el título y los conocimientos que tengo al respecto.


Jorge Víctor Rodríguez

sábado, 19 de marzo de 2016

Resumen

Qué es un estudiante en línea?

El proceso de aprendizaje en la modalidad de estudios en línea se lleva cabo en un Ambiente Virtual de Aprendizaje, el cual es un espacio pensado y diseñado más allá de los alcances de la formación y la información, engloba una visión conjunta del como se enseña pero sobre todo del como se aprende y se elabora a partir del establecimiento de objetivos de aprendizaje, incorporando actividades y experiencias de aprendizaje estimulantes.
El estudiante en línea se distingue porque tiene una actitud de ir al frente, ya no esperar a que sucedan las cosas o que el profesor le indique lo que tiene que hacer, se convierte entonces en el actor principal del escenario educativo.
La ventaja que supone este aspecto es la de no tener que trasladarse a un lugar específico en un horario establecido, lo que hace incluyente a la modalidad, porque permite que cualquier persona independientemente de sus ocupaciones o circunstancias de movilidad, se incorpore a un curso o un programa educativo. 
A diferencia de recibir explicaciones e indicaciones verbales de parte del docente, el estudiante en línea interactúa principalmente con los contenidos (multimedia, interactivos, entre otros) del ambiente virtual de aprendizaje que si bien son una base de conocimientos de la que se parte en un curso.
El estudiante en línea contará con una serie de materiales recomendados por los desarrolladores del curso, el docente también podrá sugerirle materiales extra para reforzar el conocimiento.


El estudiante en línea es una persona que estudia bajo a su ritmo y busca conocimiento en las herramientas tecnológicas que hay en la red.
 

http://www.admisioncsa2.unadmexico.mx/csa2_2016/pluginfile.php/56727/mod_resource/content/8/Eje_01/pdf/Que_es_ser_un_estudiante_en_linea_2016-2.pdf